En medio de la crisis sanitaria, Perú vuelve a experimentar un escándalo político, tras difundirse audios del Presidente Martin Vizcarra.
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FOTO 1: Presidente, Martín Vizcarra, en el palacio presidencial.
A continuación le mostraremos 4 claves para entender sobre la situación:
Audios comprometedores
La mañana del jueves 10 de septiembre, el presidente de la Comisión de Fiscalización del Congreso, el legislador Edgar Alarcón, reveló ante su fuero tres audios que comprometerían al presidente. Las grabaciones que, de acuerdo con Alarcón, llegaron a su despacho de manera anónima, fueron reproducidas en sesión pública del Pleno y por el canal de televisión del Parlamento.
En dos de los audios se oye al mandatario en conversación con Karem Roca, su ahora ex asistenta. Y en un tercero, participan la exfuncionaria y el cantante Richard Cisneros, cuyas irregulares contrataciones con el Estado produjeron en mayo pasado la renuncia de la entonces ministra de Cultura.
En el diálogo entre Vizcarra y Roca, se entiende que ambos discuten sobre lo que ella declararía ante la Fiscalía respecto de Cisneros. El tema central era la cantidad de ingresos que Cisneros habría registrado en el Palacio de Gobierno. En un momento, se oye a Cisneros jactarse de dirigir a Vizcarra en decisiones cruciales de Gobierno, como la del cierre del Congreso en septiembre de 2019.
Martín Vizcarra y su relación con Richard Swing
Richard Cisneros se promociona con el nombre artístico de 'Richard Swing'. Se dedica al canto y a la composición de temas musicales, aunque su carrera no es tan notoria a nivel nacional. Cisneros tuvo acercamiento con el partido Peruanos por el Kambio, de Pedro Pablo Kuczynski, cuando era candidato a la presidencia de Perú en 2016.
En mayo, una investigación periodística reveló que Richard “Swing” Cisneros, fue contratado nueve veces en tres años por el Ministerio de Cultura para realizar actividades ajenas a su experiencia y formación, como charlas motivacionales, por unos US$ 50,000.
“Swing” se presentó ante la comisión parlamentaria para negar cualquier relación con el mandatario salvo contactos durante la campaña. Vizcarra, ante los medios, también negó conocer estrechamente a “Swing” y haber pedido que se le contratara como favor.
Reacciones del Congreso
El Congreso reaccionó de inmediato y convocó un pleno para admitir a trámite una moción de vacancia por “incapacidad moral”, el nombre y el pretexto técnico para el juicio político de destitución presidencial.
Para destituir a Vizcarra hacen falta 87 votos en la cámara, muy lejos de los 65 que obtuvo la moción para admitir a trámite el proceso. Tras la revelación de los contactos con los militares, varios partidos que parecían apoyar la destitución se han retirado de la propuesta para no verse pegados a un intento cuanto menos cuestionable de derribar al Gobierno.
Tampoco parece claro que se vaya a realizar la votación, primero porque algunos partidos están pidiendo una votación que permita retirar la convocatoria de la moción.
En segundo lugar, porque el Gobierno ha solicitado al Tribunal Constitucional una medida cautelar que paralice la votación hasta que ese mismo órgano se pronuncie sobre si el Congreso puede aplicar el criterio de “incapacidad moral” para destituir a un presidente.
Aún no se ha comprobado la comisión de los delitos
La Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima Centro ha solicitado los audios para su peritaje dentro de la investigación por el Caso Swing. En paralelo, ya existe una denuncia ciudadana ante la Fiscalía en contra de Vizcarra por los presuntos delitos de falsedad, encubrimiento y aprovechamiento del cargo.
La penalista Liliana Calderón Jacinto explicó, si se demostrara algún ánimo de ocultamiento de información por parte de Vizcarra, se podrían citar dos potenciales delitos: el de encubrimiento real y el de obstrucción a la justicia.
“Primero se debe determinar que estos audios constituyen una prueba importante para la investigación. Solo bajo verdadera corroboración, es posible argumentar que existió una intención de entorpecer u obstaculizar las indagaciones fiscales; y esas son acciones que calzan con los delitos de obstrucción a la justicia y encubrimiento real", señaló.
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